Es una pregunta que ningún empresario querría tener que plantearse en ninguna ocasión, por desgracia, muchas son las empresas que acaban en una situación de quiebra, por la cual, no pueden hacer frente a sus pagos, y ahí llega la temida pregunta: ¿Qué hago si mi empresa está en quiebra?
En un momento tan delicado y difícil, lo principal es mantener la calma y buscar un abogado especialista en casos de quiebra, dado que será la mejor opción para no cometer errores ni pasos en falso que puedan llegar a agravar todavía más la situación.
Voy a explicarte todo lo que debes saber, y tener en cuenta, si estás en esta situación para que dispongas de toda la información posible y puedas sopesar tus opciones de forma correcta y adecuada.
El concurso de acreedores tras la quiebra
El paso, tras encontrar un buen profesional que nos acompañe y nos asesore durante todo el proceso, es el concurso de acreedores.
Existen dos tipologías de concurso, la voluntaria, en la que el deudor puede voluntariamente acogerse al concurso cuando no pueda hacer frente a sus pagos por falta de liquidez o esta situación se dé en un corto período de tiempo. Una vez acogidos al concurso voluntario, cualquier demanda promovida por los acreedores quedará paralizada y las deudas no generarán intereses.
El segundo tipo se produce cuando la situación de impago es insostenible y el propio acreedor del deudor quien solicita el concurso de la empresa que le debe dinero. Se denomina concurso necesario o forzoso.
En ambos casos, se nombrará a un administrador concursal que, entre otras funciones, custodiará y administrará los bienes del deudor para que a posteriori se pueda intentar saldar total o parcialmente las deudas contraídas.
El preconcurso como alternativa al concurso de acreedores
Cuando una empresa o sociedad se encuentra en quiebra o al borde de la misma, puede beneficiarse de la opción del preconcurso.
Este mecanismo permite al deudor obtener hasta tres meses de plazo antes de la declaración oficial del concurso de acreedores. El objetivo de esta medida es que los responsables de la empresa puedan tomar decisiones sobre cómo proceder sin tener los impedimentos que suponen estar inmerso en un concurso.
Durante este período, es esencial entablar negociaciones con los acreedores, en especial si se trata de entidades bancarias a fin de determinar acuerdos que facilitarán y agilizarán a posteriori todo el proceso posterior.
Además, es aconsejable que los responsables de la empresa, durante este periodo, establezcan un plan de viabilidad para su negocio, de forma que si se toman las medidas adecuadas (siempre que sea posible), en algunos casos se puede llegar a reconducir la situación y mejorar el estado financiero de la empresa, siendo mucho más sencillo establecer acuerdos de pago con los acreedores.
En el caso de que durante este periodo las negociaciones fueran infructuosas (o no se tomaran las medidas adecuadas para reconducir la situación), acabará por surgir la figura del administrador concursal que ya he comentado anteriormente, que empezará por examinar los movimientos económicos de la empresa de los últimos dos años a fin de detectar posibles actuaciones que fueran en contra de los intereses económicos del negocio.
¿Qué pasará con las deudas en caso de quiebra?
Una pregunta recurrente en este tipo de situaciones es que sucede con las deudas contraídas cuando una empresa entra en situación de quiebra, especialmente cuando ésta cuenta con empleados contratados.
En estos casos, una de las consecuencias de la quiebra, si la empresa no es viable, es el despido de los trabajadores, dado que, sin sociedad ni negocio, no se puede ofrecer ningún tipo de empleo. Cuando una empresa se declara en concurso de acreedores, los despidos siempre serán procedentes y por causas objetivas (es decir, que los trabajadores tendrán derecho a percibir la indemnización equivalente a 20 días de salario por año de antigüedad). Si la empresa no puede pagar la indemnización, que es lo normal, la pagará el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA).
El orden fijado para la preferencia de cobro, los trabajadores ostentan un cierto privilegio y preferencia de cobro, correspondiente al salario pendiente de cobro de los últimos 30 días trabajados.
Además, el trabajador seguirá teniendo derecho a la prestación de desempleo.
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Contar con un profesional experto es crucial
En este tipo de procesos tan complejos es imprescindible contar con un abogado especializado en Derecho Concursal para asegurar que este se cerrará de la mejor forma posible y sin contratiempos ni sorpresas imprevistas.
Si necesitas asesoramiento sobre la quiebra de tu empresa o el procedimiento de concurso de acreedores, puedes contactarme sin ningún compromiso mediante el botón de WhatsApp de la parte inferior o bien mediante el formulario de ésta misma página.
Atenderé y resolveré todas tus dudas encantado para que tengas siempre el máximo de información a tu disposición, de esta forma podrás valorar tus opciones y decidirte por la mejor opción para ti y tu empresa.
Deseo que toda la información que hoy te he expuesto con este artículo haya podido ayudarte a despejar tus dudas sobre la quiebra y el concurso de acreedores. Sólo contando con toda la información posible y con un experto abogado a tu lado se puede garantizar el éxito.
Buenos dias,
Me gustaria informarme dr las posibilidades que tenemos en nuestra empresa. Constituimos en febrero pero no hemos podido afrontar los gastos drl negocio y nos vemos obligados a cerrar.
Hola Vicky, lo ideal seria que contactes conmigo y me expliques el caso para poder asesorarte de la mejor manera posible, ver opciones y hacerte presupuesto.
Puedes contactarme hola@sebastianmartorellabogado.com
Saludos,