En este artículo quiero abordar lo que es un concurso de acreedores y los requisitos que has de cumplir para poder llevarlo a cabo. Recuerda que el concurso de acreedores es una solución más frecuente de lo que imaginas y puede llevarte a renacer de nuevo como empresario.

Las buenas relaciones entre socios, una buena gestión, y el buen hacer de trabajadores y administradores generalmente llevan a las empresas a una situación financiera y de mercado buena, permitiendo que la actividad mercantil sea sostenible.

En ocasiones, ya sea por las malas relaciones o por la situación del mercando, se desemboca en una mala situación económica, pudiendo provocar que la viabilidad de la empresa sea una quimera. En estos casos, interviene o puede intervenir el derecho concursal.

Arrastrar cierta cantidad de deuda (pasivo), tener un alto volumen de impagados, dificultad de acceso a financiación o la imposibilidad de que los socios-trabajadores se vean capacitados para remontar, nos llevan a la posible extinción y liquidación de la compañía.

El concurso de acreedores puede ayudar, a través del Convenio con los acreedores, a aminorar esa carga de deuda y dar luz y viabilidad a la empresa. Puede permitir alcanzar una rebaja de la deuda (denominada quita) y un aplazamiento en el vencimiento del pago (denominada espera).

 

Definición de Concurso de Acreedores

 

Un concurso de acreedores puede ser  solución a una situación de crisis económica de una empresa. Se produce la obligación legal de solicitar el concurso cuando la empresa «no puede atender regularmente sus obligaciones exigibles».  

La Ley distingue entre insolvencia actual (no se pueden pagar las obligaciones vencidas) o insolvencia inminente (que se trata de una previsión, de momento no hay deuda vencida impagada, pero se prevé que no se podrán atender obligaciones contraídas cuando llegue su vencimiento).

 

Requisitos

 

La declaración de concurso puede solicitarla el propio deudor (concurso voluntario) o cualquier acreedor (concurso necesario).

El plazo del que dispone el propio deudor es de 2 meses desde que conozca su estado de insolvencia. Si bien, cabe la posibilidad de comunicar al Juzgado el inicio de negociaciones para alcanzar un acuerdo extrajudicial de pagos.

La Ley requiere aportación de una serie de documentación, entre la que destaca: una memoria, un inventario de bienes y derechos, una relación de todos los acreedores, la identificación de todos los trabajadores, además de una gran cantidad de documentación fiscal y contable (entre otros las cuentas anuales, balances y estados intermedios).

 

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